Espartales Norte
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blog que irá registrando los movimientos que van aconteciendo sobre este desarrollo urbanístico previsto para alcalá de henares.
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30 Dic 08 Cooperativas de Vivienda

Información sobre Cooperativas de Vivienda

Aunque la adquisición de una vivienda mediante una Cooperativa comporte un precio de compra inferior en comparación con el mercado libre, es importante recordar que se trata de una compra sobre plano con los consiguientes desembolsos de dinero previos a su entrega.

Por ello, es conveniente que, antes de entrar a formar parte de una de Cooperativa de Vivienda, tenga la certeza de que ésta ha cumplido los requisitos establecidos legalmente para su constitución, conozca cuál es la propiedad y el destino del suelo sobre el que se pretende edificar y tenga información sobre el proyecto de ejecución de obras.

Además, debe conocer cuáles van a ser sus derechos y obligaciones como socio. Éstos deben quedar reflejados en el contrato de adhesión como socio o en las normas de la promoción. A tal fin, le deben entregar una copia de los Estatutos de la Cooperativa.

La competencia en materia de Cooperativas corresponde a la Dirección General de Trabajo, perteneciente a la Consejería de Empleo y Mujer. Este organismo edita una Guía sobre Cooperativas de Vivienda que le ofrece información sobre:

  • Los derechos y las obligaciones de los socios.
  • Las comprobaciones que se deben realizar antes de formar parte de una Cooperativa.
  • Los órganos de gobierno y el funcionamiento de la Cooperativa.
  • El destino de las aportaciones de los socios y su reembolso.
  • Los pasos para constituir una Cooperativa.
  • Las peculiaridades de las Cooperativas de viviendas protegidas.
  • Las direcciones donde enterarse de Cooperativas que tienen promociones abiertas.

Referencia legal

- Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid que será de aplicación si la Cooperativa, está inscrita, o lo pretende, en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

- Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, que será de aplicación si la Cooperativa actúa en varias Comunidades y ninguna de ellas de modo principal ya que deberá inscribirse en el Registro (Nacional) de Cooperativas dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Portal de Vivienda

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13 Dic 08 IVIMA – Instituto de Vivienda de Madrid

El Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) es el Organismo Autónomo mercantil de carácter comercial y financiero de la Comunidad de Madrid, creado en 1984 para hacer frente a las demandas organizativas y funcionales derivadas de las transferencias del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de vivienda.

Dependencia jerárquica

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio 

Competencias

Al IVIMA, se le asignan las competencias y funciones que sirven a la gerencia, gestión y ejecución de programas de vivienda a desarrollar por la Administración Autonómica como instrumento que mejor puede garantizar los aspectos de agilidad, eficacia y seguridad jurídica en lo relativo a la promoción pública de vivienda. 

El IVIMA goza de personalidad jurídica propia e independiente, con plena capacidad jurídica y de obrar y patrimonio propio y tiene atribuidas las siguientes funciones:

  • La adquisición de suelo, edificios y urbanización de terrenos para la promoción, construcción y rehabilitación de viviendas y sus dotaciones complementarias, dando preferencia al régimen de protección pública.
  • La redacción y gestión de los planes y proyectos técnicos necesarios para el desarrollo de la política de vivienda, a través de cualquiera de los sistemas de actuación.
  • La promoción y rehabilitación pública de vivienda y su edificación complementaria y equipamiento; la adquisición de éstas en ejecución o terminadas para su adscripción a los programas del Organismo.
  • La gestión, administración y disposición de suelo, viviendas, locales de negocio y edificaciones complementarias que constituyen el objeto directo de la actividad del Organismo, así como la gestión de la titularidad, administración y concierto de las fianzas correspondientes a los inmuebles sitos o suministros prestados en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
  • La constitución y participación en Asociaciones, Sociedades, Empresas, Consorcios y otros entes públicos y privados para la elaboración y ejecución de programas en la materia de su competencia, e igualmente la formalización de convenios con las mismas a los expresados fines.

Regulación Legal

 El Decreto 54/1984 de 17 de mayo, procedió a la transformación de la Fundación Provincial de la Vivienda de Madrid en el Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda de Madrid actualmente adscrito a la Consejería de Vivienda, con el objeto de lograr una mayor agilidad en la tramitación y gestión de las funciones y servicios en materia de vivienda.

Se rige por la Ley 1/1984 de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, por la ley 1/1993, de 14 de enero, de reordenación de funciones y organización del Instituto de la Vivienda de Madrid, por sus normas de desarrollo, y, supletoriamente, por las demás disposiciones de general aplicación.

Datos de Interés

Director Gerente: Ilmo. Sr.D. José Antonio Martínez Páramo.

Dirección: C/ Basílica, 23. 

Código Postal: 28020

Distrito: Tetuán

Teléfono: 91.580.91.00

Horario de atención al público: De 9:00 a 14:00 h.

FIANZAS

Información Régimen General: 91.580.91.88

Información Régimen Concertado: 91.580.91.29

Inspección de Fianzas: 91.580.91.16

Horario de atención al público:

Del 15 de diciembre al 9 de enero (ambos incluidos).

De 9:00 a 13:00 h.

OBRAS

C/ Emilia, 12

Centralita: 91.580.90.00

REGISTRO

Información: 91.580.90.82

ARCHIVO

Información: 91.580.90.71 / 72

ADMINISTRACIÓN

Información: 91.580.91.81 /  83  /  79

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